“Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión” es el título formal de los laicos que distribuyen la Eucaristía durante la Misa. También existen los “ministros ordinarios”, es decir, los que han sido literalmente “ordenados” para el ministerio: obispos, sacerdotes y diáconos. Estos ministros son los primeros en distribuir el Cuerpo y la Sangre de Cristo, siendo el diácono el que habitualmente distribuye el cáliz. En la mayoría de los lugares, especialmente cuando la Comunión se ofrece bajo las formas de pan y vino, raramente hay suficientes ministros “ordinarios” para la distribución oportuna de la Comunión.
A través de la diócesis local y a nivel parroquial, los ministros de la Sagrada Comunión reciben preparación espiritual, teológica y práctica para cumplir su papel con conocimiento y reverencia. Dicha preparación incluye la vestimenta apropiada, la conducta, y la manera de manejar el Cuerpo y la Sangre de Cristo.
La función del Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión, como todas las funciones de servicio, es un verdadero ministerio, llamado a aquellos que tienen los dones especiales para ese ministerio. El ministerio de la Eucaristía es un ministerio de entrega de dones. Por lo tanto, debería ser un ministerio para aquellos que son personas amorosas, bondadosas, y generosas. Este ministerio es también un ministerio de acogida. Por lo tanto, debe ser un ministerio para aquellos que son cálidos y acogedores, que pueden mirar a cada persona a los ojos cómodamente, y que pueden acoger a todos sin juzgar a ninguno.
La persona llamada a ser Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión debe tener un sentido de reverencia por la Eucaristía que sea obvio para todos a través de su comportamiento, su atuendo y la manera en que maneja el cuerpo y la Sangre de Cristo. A través de su ejemplo, el Ministro Extraordinario fomenta una reverencia igual en aquellos que reciben la comunión.
Los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión sirven por invitación del Párroco de Cristo Rey.
Los ministros ordinarios de la Sagrada Comunión son los obispos, los presbíteros y los diáconos. Estas personas distribuyen la Sagrada Comunión en virtud de su ordenación. “Es, ante todo, oficio del sacerdote y del diácono administrar la sagrada Comunión a los fieles que la piden. Conviene, por tanto, que dediquen una parte conveniente de su tiempo a este ministerio de su orden, según las necesidades de los fieles” (Sagrada Comunión y culto de la Eucaristía fuera de la Misa, 17).
En determinadas circunstancias, hombres y mujeres laicos pueden ser delegados para distribuir la Sagrada Comunión por un obispo (o un sacerdote, en una única ocasión). Estas personas son conocidas como “Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión”. Los acólitos instituidos (normalmente seminaristas y candidatos al diaconado permanente) se convierten en Ministros Extraordinarios a través de su institución. La función del Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión no sustituye a la del Ministro Ordinario, sino que la complementa con carácter provisional (Redemptionis Sacramentum, 151). Es decir, cuando hay un número suficiente de Ministros Ordinarios para la distribución de la Sagrada Comunión, los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión no deben actuar. El término “Ministro de la Eucaristía” se refiere a aquellos que confeccionan el Sacramento de la Eucaristía in persona Christi (Redemptionis Sacramentum, 154; CIC, 900). Como tal, se aplica sólo a obispos y sacerdotes.
La Instrucción Redemptionis Sacramentum establece que se puede recurrir a los Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión durante la Misa cuando “falten el Sacerdote y el Diácono, cuando el Sacerdote se vea impedido por debilidad o edad avanzada u otro motivo genuino, o cuando el número de fieles que se acercan a comulgar sea tan grande que la misma celebración de la Misa se prolongaría indebidamente” (158). En estos casos, es oportuno recurrir a Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión. Los Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión no deben prestar su servicio si, de otro modo, la Misa sólo se prolongaría brevemente (Redemptionis Sacramentum, 158). A los Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión se les puede pedir que ayuden en la distribución de la Preciosa Sangre. Cuando esto tenga lugar, “su número no debe aumentar más allá de lo necesario para la distribución ordenada y reverente del Cuerpo y la Sangre del Señor” (Normas para la distribución y recepción de la Sagrada Comunión bajo ambas especies en las diócesis de los Estados Unidos de América, 28). Los Obispos de los Estados Unidos también señalan que, “en la práctica, la necesidad de evitar oscurecer el papel del sacerdote y del diácono como Ministros Ordinarios de la Sagrada Comunión por un uso excesivo de Ministros Extraordinarios podría constituir en algunas circunstancias una razón para limitar la distribución de la Sagrada Comunión bajo ambas especies o para usar la intinción en lugar de distribuir la Preciosa Sangre del cáliz” (Normas, 24).
Aquellos que son seleccionados para ser Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión deben:
La Pastoral de los enfermos ordena a los párrocos que prevean la recepción frecuente de la Sagrada Comunión por parte de los enfermos y ancianos (72). Estas personas tienen derecho a recibir visitas periódicas de los sacerdotes, quienes, además de llevar la Sagrada Comunión, pueden ofrecer los sacramentos de la Penitencia y de la Unción de los Enfermos, y aportar consuelo y asistencia espiritual. A los Ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión se les puede pedir que ayuden a los sacerdotes y diáconos de una parroquia en su servicio a los enfermos y confinados en casa. Esta necesidad de Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión puede surgir cuando la distancia “hace difícil llevar la comunión, especialmente como viático a los enfermos en peligro de muerte; o cuando el gran número de enfermos, especialmente en hospitales o instituciones similares, requiere varios ministros” (Immensae Caritatis, I).
Es particularmente oportuno que la Sagrada Comunión sea llevada a los enfermos desde la Misa dominical (cfr. Pastoral de los enfermos, 73
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